Los
Centro de Internamiento de Extranjero son una auténtica aberración, al igual
que Guantánamo, las prisiones marroquíes o afganas suponen un insulto a la moral,
a los derechos más elementales del hombre y una flagrante vulneración de los
derechos humanos. No hace falta mirar en la casa del vecino para echarse las
manos a la cabeza y es que como dice un viejo proverbio chino “antes de iniciar la labor de cambiar el mundo, da
tres vueltas por tu propia casa” nosotros también
tenemos nuestro Guantánamo particular.
En
primer lugar, quiero indicar que en los mismos se mantienen detenidos a personas que se encuentran en situación irregular
en España, esto es, sin cumplir los pertinentes requisitos burocráticos que la
legislación establece a los extranjeros para poder entrar y residir en España. Por
lo tanto, privan de libertad a una persona bajo el precepto de asegurar una
eventual sanción administrativa –la expulsión-
impuesta como ya hemos referido no por
la comisión de un delito, sino por una infracción de naturaleza administrativa. Según lo expuesto, se podría
deducir la vulneración del art. 25. 3 de la constitución “la Administración civil no podrá imponer
sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación de libertad”. Sin
embargo, no lo entendió así la Sentencia del TC 115/1987 que justifico dicho
internamiento cuando fuera precedido de una resolución judicial, es decir, pese
a ser un procedimiento de carácter administrativo el TC considera que no se
vulneraría dicho precepto constitucional pues la decisión de internamiento la
tomaría en todo caso un juez. Supone, desde mi punto de vista, un intento de
legitimación y justificación de una medida de privación de libertad, que aunque
tomada por un juez y no por la administración, se produce en personas que como
ya hemos señalado no han cometido delito alguno.
Por otro lado, creo importante señalar la situación en la que se
encuentran sometidas estas personas en los CIE y el trato al que se ven
sometidos durante todo el trámite de expulsión. El informe realizado por la
Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR),
señala la vulneración de derechos básicos, constatando: situaciones de tortura,
ausencia de sistemas de identificación de los policías, zonas grises en el
sistema de video-control, negativa a elaborar partes médicos o a la documentación de lesiones por parte del
personal médico del centro o la imposibilidad de acceso directo del interno al
juez o fiscal para expresar quejas o denuncia, entre otras. Podríamos seguir
enumerando más casos de tratos degradantes e inhumanos, que podéis ampliar
acudiendo al citado informe, pero creo que los ya citados nos puede configurar
una idea general del nivel de
incumplimiento que se están produciendo de derechos fundamentales como el art.
10 de la constitución “la dignidad de la persona, los derechos inviolables que
le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la Ley
y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz
social” o el art. 5 de la declaración universal de derechos humanos “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes”.
A la luz de los argumentos esgrimidos, considero que se hace patente la continua
vulneración que se están produciendo de derechos fundamentales con
reconocimiento internacional y estatal, tanto por la propia situación de
detención de personas que no han cometido delito alguno como por el trato y circunstancias
tan lamentables que tienen que sopesar. Por último, me gustaría denunciar la
actuación en política de extranjería que
están llevando a cabo las autoridades estatales e internacionales, que nos
están llevando a esta situación. Por ello, hago un llamamiento a la sociedad
civil a la movilización pacífica en contra esta injusticia y en defensa de los
derechos humanos fundamentales.

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